Las entidades «no podrán realizar ni facilitar a sus clientes la realización de operaciones con activos digitales, incluidos los criptoactivos, que no se encuentren regulados por autoridad nacional y autorizados», señala la disposición, que busca mitigar los riesgos asociados a las operaciones con esos activos.Las entidades «no podrán realizar ni facilitar a sus clientes la realización de operaciones con activos digitales, incluidos los criptoactivos, que no se encuentren regulados por autoridad nacional y autorizados», señala la disposición, que busca mitigar los riesgos asociados a las operaciones con esos activos.
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